Buscar


Comenzar nueva busqueda
Añadir filtros:

Usa los filtros para afinar la busqueda.


Resultados 1-9 de 9.
  • Anterior
  • 1
  • Siguiente
Resultados por ítem:
FechaTítuloResumen
12-ago-2022Escalante (causa N° 1487)Un joven menor de edad había sido condenado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio triplemente agravado por haberse cometido con ensañamiento, alevosía y con el concurso de dos o más personas, en concurso ideal con el delito de privación ilegal de la libertad. La defensa impugnó esa decisión a lo largo de las distintas instancias recursivas. En ese contexto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dictó la sentencia para el caso “Mendoza y otros v. Argentina”. Sin embargo, luego de su dictado, la Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso de queja interpuesto ante la denegación del recurso extraordinario federal mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Con posterioridad, la defensa interpuso un recurso de revisión. En su presentación, reclamó la aplicación de los estándares establecidos en el caso “Mendoza y otros v. Argentina”. En ese sentido, explicó que no podía imponerse una pena de prisión perpetua a personas menores de edad. El Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes declaró inadmisible la impugnación. Para decidir de esa manera, sostuvo que el motivo esgrimido por la defensa no se encontraba previsto entre las causales que habilitaban la vía respecto de sentencias que habían adquirido firmeza. Además, entendió que el pronunciamiento del tribunal interamericano no conllevaba un cambio jurisprudencial que modificara la calificación o tornara atípica la conducta. Por último, consideró relevante que la Corte Suprema de Justicia de la Nación hubiera desestimado el recurso de queja interpuesto con posterioridad al dictado del fallo “Mendoza”. Por esa razón, descartó que ese pronunciamiento pudiera ser considerado un hecho nuevo sobreviniente a la sentencia impugnada. Contra esa decisión, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal que fue declarado inadmisible. En consecuencia, presentó un recurso de queja.
2-ago-2022Arancibia (causa Nº 500000964)Un joven había sido condenado a la pena de siete años de prisión como partícipe secundario de los delitos de homicidio agravado en concurso real con lesiones leves agravadas. Contra esa decisión, tanto la defensa como el representante del Ministerio Público Fiscal presentaron recursos de casación. La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar de manera parcial a la impugnación fiscal. En ese contexto, modificó el grado de participación a participe primario y sumó un agravante. Luego, ordenó el reenvío de la causa para que el tribual de origen determinara la pena. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso de queja ante la Corte Suprema de la Justicia de la Nación que fue rechazado. En la instancia de reenvío, el tribunal oral condenó al joven a la pena única de prisión perpetua. Entonces, la defensa interpuso un recurso de casación. Ante una nueva denegatoria, presentó un recurso de casación e inconstitucionalidad de la prisión perpetua. En esa oportunidad, invocó la Regla Práctica 18.10 de la Cámara Nacional de Casación que preveía la revisión por otra sala. De esa manera, solicitó que se rencauzara la impugnación extraordinaria como un recurso de casación. Frente a su rechazo, la defensa presentó un recurso extraordinario federal. Entre sus argumentos, alegó la violación a la garantía del doble conforme. El recurso fue concedido con relación a la inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua impuesta. Sin embargo, fue declarado inadmisible respecto del derecho de revisión de la decisión de la Cámara Federal de Casación Penal que había modificado la calificación y agravado la condena. Frente a su rechazo, la defensa presentó una queja.
25-feb-2021Cerron Ruiz (Causa N° 38120)Tres personas fueron imputadas por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado por resultar tres o más sus víctimas, por haberse perpetrado con la intervención de tres o más personas y por resultar una de las víctimas una persona con discapacidad. En la etapa de juicio oral, el Tribunal declaró la nulidad de la acusación fiscal y del alegato del representante del Ministerio Público Fiscal. Por esa razón, absolvió a las tres personas imputadas. Contra esa decisión, la fiscalía interpuso un recurso de casación. La Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación, revocó la absolución y condenó a una de las imputadas a la pena de cinco años de prisión por el delito de trata de personas con fines de explotación laboral agravado por ser más de tres las víctimas, en concurso ideal con el delito de facilitación de la permanencia ilegal de inmigrantes con el fin de obtener un beneficio. Contra esa sentencia, la defensa interpuso un recurso extraordinario federal.
20-dic-2016C, C AUna persona se encontraba imputada por el delito de homicidio agravado por el vínculo y, de manera alternativa, por el delito de encubrimiento. El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 6 de San Isidro la condenó a la pena de cinco años y seis meses de prisión por el delito de encubrimiento agravado. Contra ese pronunciamiento, el Ministerio Público Fiscal y la defensa interpusieron recursos de casación. La Sala I del Tribunal de Casación Penal provincial rechazó el recurso presentado por la defensa e hizo lugar al de la fiscalía y condenó al imputado a la pena de prisión perpetua por el delito de homicidio agravado. Posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires rechazó las impugnaciones de la defensa. Esto motivó la interposición de un recurso extraordinario federal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación consideró que el rechazo no había sido suficientemente fundado y afectaba el derecho al recurso. Por esa razón, revocó la decisión de la Corte provincial y –por aplicación de la doctrina del caso “Mohamed”, de la CIDH– devolvió las actuaciones. A su vez, la Corte provincial –por aplicación de la doctrina del caso “Duarte”, de la CSJN– remitió el caso al Tribunal de Casación Penal a fin de que revisara la sentencia condenatoria. En esta instancia, la defensa interpuso un nuevo recurso de casación.
11-nov-2015Díaz, Camila Belén y otroLa Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional había resuelto revocar el sobreseimiento de la imputada y dictar su procesamiento sin prisión preventiva en orden al delito de amenazas coactivas. La defensa interpuso recurso de casación contra dicha decisión. Denegado el recurso, se interpuso recurso de queja. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal –integrada por los jueces Boico, Frontini y Figueroa– resolvió hacer lugar a la queja y conceder el recurso de casación.
30-nov-2014Liakat Ali alibux v. SurinameLiakat Ali Alibux había sido condenado en una única instancia por tres jueces de la Alta Corte de Justicia a la pena de un año de prisión e inhabilitación por tres años para ejercer el cargo de ministro. En ese entonces, el ordenamiento jurídico de Suriname no preveía ningún recurso contra las sentencias dictadas en esas condiciones. Por otro lado, durante la tramitación del proceso, se le impidió la salida del país en el aeropuerto de Paramaribo, cuando pretendía viajar por cuestiones personales. Dicha restricción fue dispuesta por el Procurador General con el fin de evitar que el nombrado eludiera la investigación criminal seguida en su contra.
5-ago-2014Duarte (Causa n° 94000210)Después de que el tribunal oral hubiera absuelto a la imputada, la Cámara Federal de Casación Penal la condenó a la pena de cuatro años y seis meses de prisión. Contra esa decisión interpuso recurso extraordinario federal la defensa.
8-ago-2013Renzi, Walter GabrielLa Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la CABA revocó parcialmente la decisión del juez de instrucción por la que se dispuso la falta de mérito del imputado y lo procesó sin prisión preventiva. Contra esa decisión interpuso recurso de casación la defensa.
23-nov-2012Mohamed v. ArgentinaEl 16 de marzo de 1992 el señor Oscar Alberto Mohamed, durante sus horas laborales como conductor de colectivos en la ciudad de Buenos Aires, atropelló a una señora, quien a causa de las lesiones falleció. Ese mismo día se inició un proceso penal contra el señor Mohamed por el delito de homicidio culposo. El régimen procesal penal aplicado fue el regido por el Código de Procedimientos en Materia Penal de 1888, con sus respectivas modificaciones. En primera instancia fue absuelto. En segunda instancia el tribunal revocó la decisión absolutoria y lo condenó. Ante esta situación, el recurso disponible era el recurso extraordinario federal; ya habiendo agotado los recursos penales ordinarios. Sin embargo, este recurso fue desestimado. El señor Mohamed fue despedido de su empleo como chofer de colectivo, en razón de su inhabilitación penal para conducir.